La reciente entrada en vigor de la reforma operada en la Ley de Enjuiciamiento Civil ha supuesto más de un cambio significativo en cuanto al Procedimiento Monitorio para reclamación de cuotas comunes a vecinos morosos, y para el Proceso Monitorio en general.
Una de las reformas antedichas se refiere al nuevo límite cuantitativo establecido para la interposición de este procedimiento, el cual ha ascendido de 30.000 Euros a 250.000 Euros. Tal modificación en realidad no debe afectar a las reclamaciones efectuadas por las Comunidades de Propietarios, ya que resulta impensable que el impago de cuotas comunes de lugar a una deuda tan abultada.
Sin embargo, otra de las modificaciones realizadas sí debe tener incidencia en el desarrollo normal de estos procedimientos en los que, como en tantos otros, en más de una ocasión se plantean serias dificultades a la hora de emplazar a los demandados.
Anteriormente a la reforma, y en lo que a los Procedimientos Monitorios se refiere, no estaba prevista la notificación por edictos cuando el emplazamiento en los domicilios conocidos del deudor resultaba negativo. Tras la nueva redacción operada en la Ley de Enjuiciamiento Civil, se prevé expresamente tal emplazamiento edictal, lo que supone facilitar una nueva herramienta para “desatascar” el Proceso Monitorio de reclamación de cuotas comunes a vecinos morosos.